Información para Jóvenes Inmigrantes
Esta hoja informativa habla de cosas importantes que los jóvenes inmigrantes deben saber sobre sus derechos y responsabilidades.
Su Derecho a la Educación
Minnesota tiene que ofrecer educación pública gratuita a TODOS los niños del estado. Pueden ir a la escuela aunque no tengan estatus migratorio.
- Los niños de 7 a 16 años deben ir a la escuela
- Los adolescentes de 16-17 años deben ir a la escuela a menos que se retiren formalmente
- Los estudiantes de inglés tienen derechos. Vea nuestra hoja informativa sobre Estudiantes de Inglés: Su Derecho a Educación Igual.
¿Cómo puedo averiguar mi estatus migratorio?
- Sabe su número de extranjero? También llamado número "A," es un número de 8 o 9 dígitos que comienza con "A." Está en la mayoría de sus papeles de inmigración. Si lo sabe, llame al servicio de atención al cliente de inmigración al 1-800-375-5283 y pregunte cuál es su estatus.
Si ha estado implicado en el tribunal de inmigración, puede llamar a la línea del tribunal de inmigración al 1-800-898-7180. Esta es una línea automatizada y usted ingresa su número "A" y le da información sobre el estado de su caso de inmigración.
- Si usted no tiene su número de extranjero (alien number), puede presentar una Petición de la Ley de Libertad de Información (Freedom of Information Act Request FOIA) (Formulario G-639). Lo puede hacer de forma gratuita. Puede llenar y presentar el formulario en línea. Ésta es la forma más rápida para obtener la información. Vaya a http://www.uscis.gov/es y haga clic en “Formularios” entonces haga clic en “Todos los Formularios. Desplácese por la lista de formularios hasta "G-639". También puede llamar al número de atención al cliente de inmigración que aparece arriba para obtener un formulario en papel. Llénelo y envíelo por correo. En varios meses recibirá un CD con copias escaneadas de su historial de inmigración.
- También puede tratar de hacer una cita para hablar con alguien de InfoPass. Pero puede ser difícil obtener información de esa manera. Obtenga información en: https://my.uscis.gov/es/appointment/v2.
ADVERTENCIA: No acuda a inmigración si es indocumentado, tiene una orden de expulsión definitiva, estuvo en el tribunal de inmigración o cree que podría ser puesto en un proceso de expulsión.
- Es posible que usted ya sea ciudadano estadounidense.
- Si alguno de sus padres, o ambos, era ciudadano estadounidense cuando usted nació, o
- Si usted era menor de 18 años, tenía una tarjeta de residente permanente (tarjeta verde - green card), y vivía con uno de sus padres que es ciudadano de los Estados Unidos,
- es posible que automáticamente haya obtenido la ciudadanía
- Si alguno de sus padres, o ambos, era ciudadano estadounidense cuando usted nació, o
Hable con un abogado de inmigración si cree que ya es ciudadano. El abogado puede ayudarle a averiguar si es ciudadano y a obtener pruebas de su ciudadanía. Vea nuestra hoja informativa Ciudadanos Naturalizados de los EEUU: Probando la Ciudadanía de su Niño para más información.
¿Cómo mantengo mis documentos seguros?
Si usted piensa que su padre/madre u otra persona le va a ocultar sus documentos, haga copias de los mismos y pídale a un adulto de confianza en su escuela o comunidad que guarde estas copias. También puede escanear los documentos en un archivo y guardarlos en su cuenta de correo electrónico o de almacenamiento en la nube como OneDrive, Dropbox, Google Drive y Box.
Soy indocumentado y me graduaré de la escuela secundaria/preparatoria pronto. ¿Puedo solicitar la ciudadanía?
- Sólo las personas con tarjetas de residencia permanente (tarjetas verdes – green cards) pueden solicitar la ciudadanía.
- Una persona puede obtener una tarjeta de residente permanente si un pariente inmediato como un padre/madre o un hermano/hermana, presenta una petición de visa para ellos. El familiar que lo solicite debe ser ciudadano de los Estados Unidos o tener una tarjeta de residente permanente. Puede tomar años, dependiendo de la relación, pero no hay que esperar o la espera es más corta si el familiar que lo solicita es ciudadano estadounidense.
- Si usted tiene un pariente cercano que está dispuesto a presentar una petición para usted, hable con un abogado de inmigración sobre el proceso.
- adano o residente legal de los Estados Unidos que está abusando de usted mental o físicamente, puede usted mismo solicitar una tarjeta de residente permanente a través de una ley llamada VAWA. Es posible que pueda solicitar su tarjeta sin tener que salir de los Estados Unidos.
No tengo un pariente cercano que sea residente o ciudadano de los Estados Unidos. ¿Hay otras formas de obtener una tarjeta de residente?
- No tengo un pariente cercano que sea residente o ciudadano de los Estados Unidos. ¿Hay otras formas de obtener una tarjeta de residente?
- Si usted o un familiar cercano fue víctima de un delito grave, puede solicitar una visa U. La visa U le permite permanecer en los Estados Unidos, trabajar legalmente y eventualmente solicitar la residencia permanente. Usted o la víctima debe ayudar con la investigación o el procesamiento del delito. Hable con un abogado y vea nuestra hoja informativa Víctimas de Crímenes y la “Visa U.”
- Si usted ha sido víctima de abuso, negligencia o abandono por parte de uno o ambos padres, puede tener la opción de un estatus especial de inmigrante juvenil. Esto es para los niños que están en cuidado de crianza (foster care) o que han estado involucrados en casos del tribunal estatal relacionados con su custodia o cuidado. Obtener esto significa que usted obtiene una tarjeta de residente permanente y puede solicitar ser ciudadano después de 5 años. Pero usted nunca puede solicitar que sus padres obtengan el estatus. Hable con un abogado.
- Usted también puede obtener una tarjeta de residente permanente si un ciudadano estadounidense lo adopta antes de que cumpla los 16 años. Si la misma familia adopta a su hermano o hermana antes, usted puede tener hasta 18 años de edad. Usted debe vivir con sus padres adoptivos por 2 años y ellos deben tener la custodia de usted por 2 años ya sea antes o después de la adopción. Si se cumplen estos requisitos, los padres adoptivos pueden solicitar que se convierta en residente permanente.
- Si usted no quiere regresar a su país de origen porque teme ser perseguido por su raza, religión, origen nacional, grupo social u opinión política, puede ser elegible para el asilo.
Obtener el estatus de asilo puede llevar a una tarjeta de residente permanente. Si usted es mayor de 18 años o viene con un tutor, hay un plazo de un año para presentar la solicitud desde el momento en que entra a los Estados Unidos. Llame a los Defensores de los Derechos Humanos al (612) 341-9845 o envíeles un correo electrónico a hrights@advrights.org.
Qué actos de delincuencia juvenil o de otro tipo pueden perjudicar mis posibilidades de obtener la residencia permanente?
Si usted espera obtener una tarjeta de residencia permanente en el futuro, estas cosas pueden perjudicar sus posibilidades de convertirse en un residente o ciudadano.
- Tráfico de drogas (venta de drogas, o posesión para la venta)
- Abuso de drogas o adicción
- Alguna condición física o mental que lo convierte en una amenaza para sí mismo o para los demás
- Infracciones de las órdenes de protección o de "no contacto".
- Prostitución
- Contrabando de personas a los Estados Unidos
- Falsas declaraciones sobre la ciudadanía de los Estados Unidos
- Votar
- Casarse con propósitos migratorios
- Pasar tiempo con grupos que apoyan la violencia o unirse a tales grupos
- Ser miembro de una pandilla o ser etiquetado como tal por la policía.
A menudo, las "delincuencias" juveniles no crean un problema para los casos de inmigración. Pero, esto no siempre es cierto. Por ejemplo, si usted es condenado como una persona adulta pero es menor de 18 años, esta condena tiene las mismas consecuencias migratorias como si fuera mayor de 18 años. Una vez que usted cumple 18 años, las condenas penales pueden hacer difícil convertirse en residente permanente o ciudadano. El gobierno de los Estados Unidos también podría ponerlo en proceso de deportación. Si usted tiene antecedentes penales como menor o mayor de edad, hable con un abogado.
Soy indocumentado y todavía estoy en la escuela secundaria, pero ya no vivo con mis padres. ¿Puedo obtener algún beneficio gubernamental?
- Si usted tiene una emergencia médica o está embarazada, puede obtener Asistencia Médica de Emergencia. Vaya a la oficina de servicios humanos de su condado. Vea nuestra hoja informativa Asistencia Médica de Emergencia (EMA).
- Usted puede ir a los anaqueles privados de alimentos.
- Vea nuestra hoja informativa Beneficios Gubernamentales para la Juventud.
10 Cosas que Usted Debe Saber como Joven Indocumentado
- Si inmigración trata de hablar con usted
- No firme ningún papel y no hable con ellos hasta que consulte con un abogado primero.
- Si da su nombre, no use un nombre falso o proporcione documentos falsos.
- Si inmigración no tiene una orden de registro, usted no tiene que abrir la puerta.
- Si no se presenta a una audiencia en el tribunal de inmigración, le emitirán una orden de deportación de todos modos.
- No se meta en problemas con la ley
- En algunos lugares, la policía se pondrá en contacto con inmigración.
- En otros lugares, la policía no lo hará - pero si usted comete un delito, eso hace que sea más difícil obtener un estatus legal en el futuro.
- Si lo arrestan o lo meten en la cárcel, Inmigración puede detenerlo para investigar si está aquí ilegalmente y puede tratar de deportarlo.
- No conduzca sin una licencia válida y un seguro de auto.
- Dígale a su abogado su estatus
- Si se le acusa a usted de un delito, asegúrese de que su abogado defensor conozca su estatus migratorio.
- Asegúrese de conocer las consecuencias migratorias de cualquier opción que elija en el tribunal penal. Algunas cosas pueden no considerarse condenas en el tribunal penal, pero se cuentan como condenas a efectos de inmigración.
- Salir de los Estados Unidos puede tener consecuencias migratorias graves
- Hable con un abogado de inmigración antes de irse.
- Hable con un abogado de inmigración antes de irse.
- Presente y pague sus impuestos usando un ITIN (Número de Identificación Individual de Impuestos)
- Esto mejora sus posibilidades de obtener un estatus legal en el futuro.
- No utilice un número de seguridad social falso para declarar impuestos.
- No cometa fraude en sus impuestos reclamando dependientes o créditos para los cuales no califica.
- Llame a la policía si es víctima de un delito.
- Usted puede calificar para una visa U para víctimas de un delito. Vea nuestra hoja informativa Víctimas de Crímenes y la “Visa U.”
- Usted puede calificar para una visa U para víctimas de un delito. Vea nuestra hoja informativa Víctimas de Crímenes y la “Visa U.”
- Tener un hijo no le ayudará a obtener un estatus legal.
- Un niño sólo puede presentar una petición para sus padres si es mayor de 21 años.
- Un niño sólo puede presentar una petición para sus padres si es mayor de 21 años.
- ¡Nunca diga que es ciudadano de los Estados Unidos si no es ciudadano de los Estados Unidos!
- Esto podría perjudicar sus posibilidades de obtener alguna vez una tarjeta de residente.
- Esto podría hacer que lo deporten a usted.
- Nunca use los documentos de un ciudadano estadounidense, incluyendo los documentos puertorriqueños.
- No se registre para votar ni tampoco vote en elecciones que requieran la ciudadanía estadounidense.
- No vote ni se registre para votar.
- Esto podría causar que lo deporten a usted.
- Esto podría causar que lo deporten a usted.
- Guarde documentos como facturas o recibos que tengan su nombre y la fecha en ellos.
- Es posible que usted necesite estos documentos en el futuro para probar que estuvo en los Estados Unidos en una fecha determinada, o por un período de tiempo específico.