Órdenes de Protección y Órdenes de Restricción por Acoso

Escrito por
Education for Justice

Este folleto describe las opciones legales para hacer frente al abuso. Es una guía y no tiene el propósito de responder a todas las preguntas. Las leyes de las que se habla en este folleto cambian a menudo, así que asegúrese de informarse de los cambios. Este folleto sólo ofrece reglas generales que pueden o no aplicarse a su situación.

Este folleto le ayuda a entender qué es una Orden de Protección (OFP), cómo obtenerla y en qué se diferencia una OFP de una Orden de Restricción por Acoso (HRO).

Este folleto a veces se refiere al agresor como un hombre y a la víctima como una mujer. La víctima o el agresor pueden ser tanto hombre como mujer.

Capítulo 2. ¿Cómo puedo obtener una OFP?

Cómo obtener una OFP

Para obtener una OFP tiene que conseguir los formularios, llenarlos y presentarlos en el juzgado. El juzgado al que vaya puede estar en cualquiera de estos lugares:

  • el condado en el que vive OR
  • el condado donde vive el agresor
  • el condado donde ocurrió el abuso O
  • el condado donde usted tiene un caso en el tribunal de familia

No tiene que pagar una cuota de presentación.

No necesita abogado.

El resto de este capítulo indica los pasos que debe seguir para obtener una OFP.

PASO 1: Obtener los Formularios

El formulario que usted necesita para obtener su OFP es la "Declaración Jurada del Demandante y la Petición de Orden de Protección" (Petitioner's Affidavit and Petition for Order for Protection).

  • La declaración jurada es una declaración de hechos. Usted da información básica sobre usted y describe el abuso doméstico. No tiene que poner su dirección en la declaración jurada. Puede pedir al tribunal que mantenga su dirección confidencial.
     
  • La Petición le dice al tribunal lo que usted quiere que el tribunal haga. Usted enumera las cosas que quiere que el tribunal ordene en la OFP. (Vea "¿Qué protecciones puede ofrecerme una OFP?" en Capítulo 1)

Hay intercesores de abuso doméstico que pueden ayudar con el proceso. Sus servicios son gratuitos y confidenciales. Para encontrar uno en su zona:

  • Llame a la Línea Directa Nacional de Violencia Doméstica (National Domestic Violence Hotline) al (800) 799-7233 o (800) 787-3224 (TTY)
     
  • Vaya a Violence Free Minnesota vfmn.org y haga clic en "Get Help" (Obtener Ayuda) para obtener una lista de organizaciones en su condado.

Hay 3 maneras de obtener los formularios:

  1. Vaya al juzgado y dígales que quiere presentar una OFP. Un secretario del tribunal le dará los formularios que necesita.
  • En los condados de Hennepin y Ramsey, hay oficinas especiales en el juzgado para ayudarle a solicitar una OFP. Esta ayuda es gratuita.
    • Para el condado de Hennepin, llame al Centro de Servicios de Abuso Doméstico (Domestic Abuse Service Center - DASC) al (612) 348-5073
    • Para el Condado de Ramsey, llame a la Oficina de Abuso Doméstico/Acoso al (651) 266-5130

                                O

  1. Obtenga los formularios en línea para poder llenarlos antes de ir al juzgado.
  • Vaya a www.mncourts.gov/forms
  • Haga clic en “Domestic Abuse” (Abuso Doméstico)
  • Haga clic en "Filing an Order for Protection" (Presentación de una Orden de Protección)
  • Lea atentamente las instrucciones.

                             O

  1. Llene y presente los formularios en línea utilizando la entrevista Guía y Presentación (Guide and File) del tribunal. Este programa le ayuda a crear los formularios para solicitar al tribunal una OFP. El programa funciona haciéndole preguntas. Utiliza sus respuestas para llenar los formularios. Usted puede presentar sus formularios al tribunal electrónicamente. O puede imprimir sus formularios y llevarlos en persona al juzgado para presentarlos.

Para iniciar la entrevista Guide and File:

PASO 2: Llenar los Formularios

Los formularios constan de dos partes principales. Después de dar al tribunal información de antecedentes sobre usted y cualquier otra persona que necesite protección, usted:

  1. Describe el abuso
  2. Le dice al tribunal qué tipo de protección necesita y por qué

1. Describa el abuso - Dé detalles

Hay muchos tipos de abuso. El tribunal tiene que decidir si su situación cumple con la definición legal de abuso doméstico. Dé todos los detalles y ejemplos específicos que pueda sobre lo que ocurrió. Cuantos más detalles tenga el tribunal, mejor podrá entender lo ocurrido. Especifique todo lo que pueda. No use palabras como "él abusó de mí" o "se volvió físico." En su lugar, diga al tribunal:

  • ¿Cuándo ocurrió el abuso? Utilice fechas concretas. Si no puede recordar la fecha exacta, diga al tribunal el mes y el año en que ocurrió.
     
  • ¿Dónde ocurrió el abuso? ¿En casa? ¿En el automóvil? ¿En el trabajo?
     
  • ¿Le hicieron daño físicamente? Si es así, explique al tribunal cómo le hicieron daño. ¿Su agresor la golpeó con el puño cerrado? ¿Le abofeteó con la mano abierta? ¿Le empujaron contra el pecho y se cayó hacia atrás?
     
  • ¿Tuvo alguna herida? Informe al tribunal sobre cualquier moretón, cortada o marca roja. ¿Le ha sangrado la nariz o se ha cortado el labio? ¿Le duele el brazo de donde le agarraron? ¿Fue al médico?
  • ¿Qué dijo su agresor? Utilice las palabras exactas de la amenaza. Aunque el agresor haya dicho groserías o insultado, debe poner las palabras exactas en sus formularios.
     
  • ¿Cuál fue su lenguaje corporal? ¿Tenía la cara roja por los gritos? ¿Estaba de pie sobre usted con los puños cerrados?

Aquí hay dos ejemplos, uno que no tiene suficientes detalles y otro que tiene muchos detalles:

Ejemplo Insuficiente
Estábamos discutiendo. El demandado me gritó a mí y yo tenía miedo.

Buen Ejemplo
El pasado jueves 11 de octubre de 2020 por la noche, estábamos hablando de nuestro hijo. El demandado gritó que más valía que yo hiciera exactamente lo que él decía o lo lamentaría. Me alejé de él a medida que se acercaba. Me apoyé en la pared de la cocina. Estaba tan cerca de mí que podía sentir su saliva en mi cara mientras gritaba. Tenía miedo porque hace un mes, cuando me dijo que era mejor que hiciera algo o lo lamentaría, me agarró de los brazos y me sacudió muy fuerte. Después, mis brazos estaban rojos y doloridos donde me sacudió. Tenía mucho miedo de que me volviera a hacer daño. Me escabullí por debajo de sus brazos y salí corriendo de la casa.

2. Diga al tribunal qué tipo de protección necesita y por qué

Vea "¿Qué protecciones puede ofrecerme una OFP?" en Capítulo 1 para ver ejemplos de los tipos de cosas que puede pedir al tribunal. Si le pide al tribunal que haga ciertas cosas, tiene que tener una audiencia. Lea la sección "¿Necesito una audiencia judicial para obtener una OFP?" en Capítulo 1 para obtener información sobre la lista de protecciones que necesitan una audiencia.

Diga al tribunal por qué necesita las cosas que pide. Sea específico y dé las razones por las que necesita algo. Por ejemplo, si está pidiendo la custodia de su hijo. Diga al tribunal por qué quiere la custodia. ¿Tiene el niño miedo del agresor? ¿Es usted quien se ocupa principalmente del niño?

PASO 3: Presentar los Formularios

Lleve los formularios completados al juzgado para presentarlos. En muchos tribunales, el secretario judicial recibe los formularios de usted y se los entrega al juez.

Si utilizó la entrevista en línea ("Guide and File") para completar sus formularios, puede presentarlos electrónicamente.

Sólo el juez puede decidir si usted obtiene la OFP.

¿Qué pasa si el secretario judicial o el abogado me dicen que no puedo pedir una OFP?

Si un secretario judicial le dice que no puede pedir una OFP:

    • Pida ver al juez y explique por qué la necesita.

Si un intercesor o un abogado dice que usted no puede pedir una OFP:

    • Es probable que aún pueda hacerlo. Es probable que sólo le estén diciendo que no creen que el juez le conceda a usted una OFP. Debe preguntar por qué cree que no debe pedirla. Las razones de ellos pueden ayudarle a usted a corregir algún problema en sus formularios. El juez sólo puede concederle una OFP si su maltrato cumple con la definición legal de abuso doméstico. Es posible que usted haya olvidado incluir alguna información que cumpla con la definición.

PASO 4: Organizar la "notificación" (service)

Los formularios que usted llena para pedir su OFP tienen que ser entregados al agresor de una manera determinada. A esto se le llama "notificación del proceso", o "notificación" (service of process/process). Esto significa que alguien que no sea usted entrega personalmente los papeles al agresor. El sheriff o los agentes de policía suelen entregar los papeles. Pero los adultos, aparte de usted, también pueden entregarlos.

Si recurre al sheriff o a la policía, no le costará nada. Pero es posible que tenga que llevar los papeles al sheriff usted mismo. El sheriff suele estar en el juzgado o cerca de él. Dé al sheriff toda la información que pueda sobre dónde encontrar al agresor. En algunos condados, el secretario judicial se encarga de llevar los papeles al sheriff por usted.

¿Y si no sé dónde está el agresor?

Aún así, puede pedir una OFP. Si el secretario judicial le dice que necesita saber dónde está el agresor, usted puede dar:

  •  
    • una última dirección conocida
    • la casa de un amigo o familiar en la que pueda estar
    • una dirección de trabajo

Si no sabe dónde está el agresor y no puede averiguarlo, pida que le entreguen los formularios de otra manera. Esto se llama "notificación alternativa." El secretario del tribunal o un intercesor tiene formularios para ayudarle a pedir una notificación alternativa.

Si el sheriff ha intentado notificar al agresor y éste se esconde para evitar ser notificado, es posible que usted pueda "notificarlo" publicando un aviso en el periódico.

Para hacer la notificación mediante publicación, tiene que presentar una declaración jurada ante el tribunal que diga:

  1. las fuerzas del orden público (sheriff o policía) intentaron hacer la notificación pero no pudieron porque el agresor se esconde para evitar ser notificado

                           Y

  1. que usted envió una copia de la petición a su última dirección conocida O que no conoce ninguna dirección de él.

¿Qué ocurre si los formularios no se entregan antes de la audiencia judicial?

Usted tiene que ir a la audiencia. Si no se presenta, el juez podría desestimar su OFP. Si el sheriff o la policía no pueden encontrar al agresor, usted puede pedirle al juez en la audiencia que lo entregue por correo o con un aviso en un periódico. Tiene que llenar un formulario para pedir la notificación de otra manera. Pida al secretario del juzgado los formularios para la "notificación alternativa."

Si esto ocurre, el juez fija una nueva fecha de audiencia. Usted tiene que ir a la siguiente audiencia para obtener su OFP. Si tiene un OFP Ex Parte, el tribunal debe emitir una nueva para que dure hasta la siguiente audiencia.

La notificación tiene que hacerse de la manera correcta, en el período de tiempo correcto, o no obtendrá su OFP. Si tiene problemas con la notificación, considere la posibilidad de hablar con un abogado o un intercesor. Ellos pueden ayudarle a hacer las cosas que a usted se le dificultan hacer por sí mismo. Para encontrar un abogado llame a su oficina de Ayuda Legal al 1 (877) 696-6529 o vaya a www.lawhelpmn.org/es/providers-and-clinics.

PASO 5: Averiguar si se ha programado una audiencia

Si obtiene una OFP Ex Parte, el agresor puede pedir una audiencia aunque usted no lo haga. El agresor tiene 5 días hábiles para pedir una audiencia después de ser notificado (de recibir los formularios). Si usted no recibe una notificación por correo, siga llamando al tribunal para ver si el agresor pidió una audiencia. Si no se presenta a la audiencia, el agresor puede conseguir que se desestime la OFP. Usted no tendrá protección.

PASO 6: Asistir a la audiencia judicial

  • Si usted solicitó una audiencia, ésta debe celebrarse en un plazo de 7 días a partir de la fecha en que el juez firme la OFP Ex Parte.
  • Si el juez no firmó una OFP Ex Parte, la audiencia debe celebrarse en un plazo de 14 días a partir de que el juez firme la Orden de Audiencia.
  • Si usted no pidió una audiencia pero el agresor sí, la audiencia debe programarse entre 8 y 10 días desde que el agresor la pide.

Si usted no va a la audiencia, el tribunal no le dará una OFP. Incluso si usted obtuvo una OFP Ex Parte, no servirá de nada si el juez programa una audiencia y usted no va.

Si usted no puede ir a la audiencia, pida una audiencia para otro día. Esto se llama un aplazamiento. El tribunal sólo lo hace si usted tiene una buena razón. Por ejemplo, si está en el hospital o está tratando de encontrar un abogado que le represente. Para obtener un aplazamiento, tiene que ponerse en contacto con el tribunal y decirles que tiene una audiencia OFP pero que quiere pedir un aplazamiento. Ellos le dirán lo que tiene que hacer. Cada tribunal tiene una forma diferente de pedir un aplazamiento. El número de teléfono de su tribunal debe aparecer en la notificación de su audiencia (el papel que le indica cuándo es su audiencia).

Capítulo 3. La Audiencia Judicial

¿Cómo me preparo para la audiencia?

  1. Pruebas: Si tiene pruebas que quiere que el juez vea, empiece a reunir sus documentos. Las pruebas pueden ser fotos de sus lesiones, informes policiales, informes médicos o mensajes de su agresor. Si tiene textos o fotos en su teléfono que quiere que el juez vea, necesita sacarlos de su teléfono para la audiencia. Lleve tres copias de sus pruebas a la audiencia. Una para el juez, otra para el agresor y otra para usted. Asegúrese de llevarlas todas. No puede traer las cosas más tarde o decir que las tiene en casa y que podría traerlas más tarde.

Es mejor tener copias certificadas de documentos como informes policiales o historiales médicos. Usted necesita pedir copias certificadas a la policía o a su médico. Las pruebas para llevar al tribunal pueden ser:

  • Informes policiales e historiales médicos
  • Objetos dañados por el agresor, como un teléfono roto o ropa rasgada
  • Capturas de pantalla de mensajes de texto amenazantes, publicaciones en redes sociales o cartas
  • Fotos de las lesiones o de los objetos dañados que sean demasiado grandes para llevarlos al juzgado
  • Recibos que muestren los costos que usted tuvo que pagar a causa del abuso. Como una nueva cerradura, la reparación de la pared, la compra de un nuevo teléfono o las facturas médicas.

Si necesita documentos para la audiencia y tiene problemas para conseguirlos, puede utilizar una citación (subpoena) para obtenerlos. En la citación hay un lugar para enumerar los documentos que necesita. Pida al secretario del tribunal los formularios y la forma de hacerlo. También puede leer sobre las citaciones judiciales en la siguiente sección.

  1. Testigos: que oyeron cómo le amenazaban a usted o a su hijo. Vea si tiene algún testigo que pueda venir a la audiencia. Si llamaron a la policía o al sheriff, ellos pueden ser testigos. También puede serlo el médico o la enfermera que le atendió las lesiones. Si quiere mostrarle al juez un informe policial, pídale al agente de policía que escribió el informe que venga a la audiencia. Los agentes de policía suelen ser muy serviciales y cooperativos.

Puede ser más difícil conseguir que los médicos o las enfermeras vengan a la audiencia. Pero si sus lesiones o las cosas que dijo son importantes para su caso, conviene pedirles que vengan. Asegúrese de que sus testigos conozcan la fecha, la hora y el lugar de su audiencia.

¿Y si un testigo no quiere venir?

Si un testigo no quiere presentarse a la audiencia por sí mismo, utilice un formulario llamado citación (subpoena) para hacerle venir. También puede enumerar los documentos que quiere que el testigo traiga a la audiencia. Obtenga el formulario de citación del secretario judicial lo antes posible. Necesita tiempo para que las personas reciban las citaciones antes de su audiencia.  El formulario de citación es gratuito. Pero hay un costo por el tiempo y los gastos del testigo para venir a la audiencia.

Llene la citación y llévela al sheriff para que la entregue. Esto significa que el sheriff se la entrega a la persona. Usted tiene que engrapar un cheque o giro postal por el tiempo y los gastos del testigo. Usted tiene que pagarle al testigo $20 más 28¢ por milla por su viaje al juzgado y de regreso a su casa. Es posible que usted pueda recuperar este dinero.

Los médicos, enfermeras y otros profesionales a veces cobran honorarios por hora para presentarse en el tribunal. Los encargados de los registros normalmente no cobran honorarios por hora. Puede pedir al tribunal que pague sus honorarios si usted no puede pagarlos.

Si no puede pagar las cuotas, pida al tribunal un formulario "Fee Waiver" (IFP) (exención de cuotas) para llenarlo. Este formulario pide al tribunal que rebaje o exima la cuota para que usted no tenga que pagar. Puede utilizar la entrevista en línea de Guide and File del tribunal para llenar sus formularios y presentarlos electrónicamente. Para iniciar la entrevista de Guide and File:

Nota: Tenga cuidado con el uso de su historial médico en la audiencia judicial. Si hay algo malo sobre usted, como intentos de suicidio o uso de drogas en cualquiera de los registros, se puede usar en su contra.

  1. Práctica: Lea los formularios que presentó para prepararse para lo que quiere decir. Puede ser útil hablar de lo que quiere decir con su abogado o con otra persona con la que se sienta cómodo antes de la audiencia. Recuerde ser específico y dar muchos detalles.

Utilice una lista de verificación para ayudar a preparar su historia. Describa primero el abuso más reciente.

 Utilice los consejos de la sección "PASO 2: Llenar los Formularios" en la página 11 sobre cómo contar su historia con muchos detalles.

¿Puedo faltar al trabajo para ir a la audiencia?

Su empleador no puede castigarle por ausentarse del trabajo para obtener una OFP o para ir a su audiencia. Comunique a su jefe, al menos dos días antes de la audiencia, que va a faltar al trabajo.  Su jefe debe mantener la información en privado a menos que usted diga que puede compartirla.

Si existe la posibilidad que su agresor vaya a donde usted trabaja, entregue una copia de la OFP a su jefe. Informe a otras personas en el trabajo, como el recepcionista o el guardia de seguridad, sobre la OFP.

Consejos para ir al tribunal

La forma de actuar en la sala puede marcar una gran diferencia en su caso. Aquí le damos algunos consejos:

1.   Llegue temprano. Consulte con el secretario del tribunal para saber el lugar de la audiencia.

2.   Preste atención. El juez o el secretario anuncian el caso antes de que comience. Esté preparado para empezar cuando le llamen.

3.   No lleve niños a la audiencia. Busque a alguien que cuide de sus hijos mientras usted está en la audiencia. Si los lleva, el juez no los dejará entrar en la sala.

4.   Vístase con ropa limpia y pulcra. Esto demuestra respeto por el tribunal.

5.   Mantenga la calma y sea cortés con todos los presentes en el juzgado, incluso con el agresor.

6.   Compórtese con seriedad en todo momento en el juzgado.

7.   No diga nada en los baños o pasillos que no quiera que el agresor, o el abogado o los familiares del agresor escuchen.

8.   Trate al juez con respeto. Diga "sí señor" o "sí señora" al juez.

9.   Hable con claridad. Responda a las preguntas diciendo "sí" o "no." El tribunal necesita hacer un acta de todo lo que ocurre en la sala. No pueden registrar su respuesta si mueve la cabeza o asiente con ella. No mastique chicle ni se ponga las manos frente a la boca.

10. Dé detalles.

No

  • discuta con el juez

  • interrumpa al juez

  • discuta con el agresor

  • interrumpa al agresor

¿Qué hace el juez en la audiencia judicial?

Cada juez dirige su sala de forma diferente. Si usted cuenta con un abogado, pregúntele qué sabe de su juez.

Muchos jueces comienzan la audiencia dándole al agresor 3 opciones.

  1. admitir el abuso
  2. negar el abuso, pero aceptar que se emita la OFP
  3. negar el abuso y tener un juicio

Si el agresor escoge el #1, usted obtiene la OFP. El tribunal deja constancia por escrito de cómo el agresor le hizo daño o le amenazó en la OFP. Esta opción raramente ocurre.

Si el agresor elige el #2, usted obtiene la OFP. Pero no habrá "conclusiones" de abuso. Esto significa que usted tiene todas las protecciones de la OFP, pero no hay ninguna constancia escrita de cómo el agresor le hizo daño o le amenazó.

Si el agresor elige el #3, el juez celebra un juicio. Algunos jueces celebran el juicio en ese mismo momento. Algunos jueces programan el juicio más tarde ese mismo día o en un día diferente. Usted no sabrá si el juicio se lleva a cabo de inmediato, por lo que debe prepararse con sus pruebas y testigos el día de la audiencia.  

¿Qué sucede si el agresor se presenta con un abogado?

Puede pedir al tribunal que retrase la audiencia unos días para que usted pueda encontrar un abogado. Esto se llama aplazamiento. Es posible que el tribunal no le conceda un aplazamiento. Debe prepararse para un juicio el día de la audiencia

Órdenes de Protección Mutua

A veces el agresor también solicita una OFP, alegando que usted ha abusado de él. El juez puede escuchar ambas peticiones al mismo tiempo. Si el juez decide que ambos cometieron abuso doméstico el uno contra el otro, el juez puede emitir ambas OFP. Esto se llama OFP mutua. 

A veces el agresor estará de acuerdo con su OFP si usted está de acuerdo en que pueda obtener una OFP contra usted. Si el agresor no presenta una petición, el juez no debe dar una orden mutua.

¡Tenga cuidado!

No acepte una orden mutua si usted no ha cometido abuso doméstico. Una orden mutua puede facilitar que el agresor llame a la policía y haga que le arresten por maltrato. Las órdenes mutuas pueden crear problemas de inmigración para las personas documentadas temporalmente si la orden dice que usted abusó de la otra parte.

¿Qué ocurre en el juicio?

1.  Usted presenta su caso primero. 

Usted cuenta su historia después de haber tomado un juramento de decir la verdad. Dígale al juez por qué necesita una OFP. Esto es lo que se llama su testimonio. Su testimonio se basa en la información que usted pone en sus formularios. Comience con el abuso más reciente y proceda hacia atrás. Aunque haya sufrido lesiones físicas hace años, cuéntelo al tribunal. Cuente al tribunal todo lo que puso en sus formularios.

Intente responder a estas preguntas durante su testimonio:

  • ¿Cuándo ocurrió el abuso?
  • ¿Dónde ocurrió?
  • ¿Quién estaba allí?
    • Eran sólo usted y el agresor? ¿Había alguien más presente durante la situación de abuso?
  • ¿Qué ocurrió?
    • ¿Le hicieron daño físicamente? ¿Cómo?
    • ¿Se lesionó usted?
    • ¿Fue al médico?
    • ¿Le amenazaron?
      • ¿Qué dijo el agresor?
      • ¿Cómo era su tono de voz (cómo lo dijo)?
    • ¿Cómo era su lenguaje corporal?
  • ¿Estaba su hijo allí?
    • ¿Los lastimaron o amenazaron?
    • ¿Cómo reaccionaron?
  • ¿Le tiene miedo al agresor?
    • ¿Por qué?
  • ¿Por qué necesita una OFP ahora?

Sea tan específico como pueda. Dé tantos detalles sobre el abuso como pueda recordar. Es conveniente que mire al juez y no al agresor mientras habla. Si tiene pruebas del abuso, déselas al juez en este momento.

Después de contarle al juez sobre el abuso, hable sobre lo que le está pidiendo al juez que haga y por qué. Vea "¿Qué protecciones puede ofrecerme una OFP?" en Capítulo 1 para saber lo que puede pedir. Dígale al juez:
por qué usted debe tener la custodia

  • por qué usted necesita la manutención de los hijos
  • por qué el agresor no debe tener tiempo de crianza o debe tenerlo limitado
  • por qué usted necesita el uso de la propiedad y por qué necesita el automóvil
  • por qué necesita que el agresor pague una indemnización (dinero necesario para daños)
  • por qué el agresor debe mantenerse alejado de su casa, del trabajo y de la escuela o guardería del niño.

2. El agresor o su abogado pueden hacerle preguntas.

Éste no es el momento para que el agresor discuta con usted o cuente su versión de los hechos. Responda a sus preguntas con sinceridad. Mantenga la calma. Mantenga la concentración. Mire al juez. No mire al agresor ni a su abogado. Si no entiende la pregunta, pida al juez que se la vuelva a hacer o que le pregunte de otra manera.

3. Si ha traído un testigo, éste le dirá al juez lo que ha visto u oído.  

Esto se llama su testimonio. Usted tiene que hacer preguntas al testigo. El testigo no puede hablar con el juez por sí mismo.

Ejemplos de preguntas para hacer a su testigo:

  • ¿Cuál es su nombre?
  • ¿Dónde estaba usted en (la fecha del abuso)?
  • ¿Quién estaba allí?
  • ¿Qué vio?
  • ¿Qué oyó?
  • ¿Cómo estaba yo actuando?
  • ¿Cómo actuaba el agresor?
  • ¿Cómo actuaba mi hijo?

Si el testigo ha traído documentos para mostrar al juez, pídale que se los entregue.  

A veces hay problemas con lo que dicen los testigos cuando no estaban presentes durante el abuso. A veces hay problemas con las pruebas, como los informes policiales o los informes médicos, si el policía o el médico no están presentes. Si puede, hable con un abogado sobre estos problemas antes de la audiencia. Para encontrar un abogado llame a su oficina de Ayuda Legal al 1 (877) 696-6529 o busque ayuda de otras programas al www.lawhelpmn.org/es/providers-and-clinics

4. El agresor o su abogado pueden hacerle preguntas a su testigo

5. El agresor presenta su caso.

El agresor cuenta su historia después de jurar decir la verdad. El agresor entrega sus documentos al juez. Usted tiene derecho a ver cualquier documento que él quiera que el juez vea.

6. Usted puede hacerle preguntas al agresor.

Una vez que haya terminado de contar su historia ("testimonio"), usted puede hacerle preguntas. PERO no tiene que hacerlo.

No es el momento para que usted discuta o dé su opinión sobre lo que ha dicho. Sólo hay que hacer preguntas. Si usted no tiene ninguna pregunta, no hay problema. El juez decide si el agresor está diciendo la verdad.

7. Si el agresor trajo un testigo, éste le cuenta al juez lo que vio u oyó.

Después de su testimonio, el agresor puede hacer que sus testigos declaren.

8. Usted puede hacer preguntas al testigo de su agresor.

Puede hacerle preguntas al testigo, pero no está obligado a hacerlo.

Capítulo 4. Después de la Audiencia Judicial

¿Cuándo recibiré la decisión del juez?

Después de que tanto usted como el agresor presenten sus casos, el juez decide si usted obtiene una OFP. Es posible que tenga que esperar, pero si el juez decide concederle una OFP, normalmente recibirá una copia de la orden ese mismo día.

A veces, el juez puede necesitar tiempo para pensar en el juicio y en si usted debe obtener la OFP. Si eso ocurre, tendrá que volver al juzgado más tarde o al día siguiente para saber si le han concedido la OFP.

Si el juez no le da una OFP, el juez debe decirle por qué.

Cuando reciba la orden, léala detenidamente. Si hay algún error, hable con el secretario del juzgado para saber cómo arreglar la orden. Por ejemplo, si usted ve que su dirección o fecha de nacimiento es incorrecta, dígaselo al secretario inmediatamente. Ellos lo arreglarán y le darán una nueva orden.

¿Dónde debo guardar las copias de mi OFP?

Haga copias de su OFP y lleve siempre una copia usted. Guarde una copia en su bolso, en su automóvil, en el trabajo y en cualquier otro lugar donde pueda necesitarla. Es más probable que la policía detenga al agresor por infringir su OFP si usted tiene una copia consigo.

Considere la posibilidad de entregar copias de su OFP a su arrendador, a su supervisor en el trabajo, a su proveedor de servicios de guardería y a la escuela de su hijo.

¿Qué pasa si no estoy de acuerdo con la decisión?

Usted puede apelar la decisión del juez. Una apelación es cuando usted pide a otro tribunal que revise la decisión del juez. Este tribunal se llama Tribunal de Apelación. ¡Actúe con rapidez! Hay plazos especiales que se aplican. Presentar una apelación puede ser difícil. Hable con un abogado para ver si debe presentar una apelación. Tiene que haber una razón legal para apelar la decisión del juez. Por ejemplo, que el juez no haya cumplido la ley.

Para obtener información y formularios para presentar una apelación:

  • Vaya a la página web de los tribunales: www.mncourts.gov/CourtOfAppeals.aspx.
  • Haga clic en “Appellate Forms & Instructions (for self-represented litigants).” Formularios e instrucciones de apelación (para litigantes auto representados)

¿Qué pasa si el agresor infringe mi OFP?

Llame a la policía. La policía debe detener al agresor si cree que ha infringido una OFP. No es necesario que ellos mismos vean dicha infracción. Diga a la policía que tiene una OFP. Muéstreles una copia de la OFP. Pídales que realicen el arresto.

Infringir una OFP una vez es un delito menor. Un agresor condenado por infringir una OFP debe ser condenado a un mínimo de 3 días de cárcel y se le ordena ir a terapia. Las penas máximas son 90 días de cárcel y una multa de $1,000. Pero las penas que ordena el juez suelen ser mucho más bajas. Un fiscal puede llamarle para ver qué sanciones cree usted que debería recibir el agresor.  

 Infringir una OFP 2 veces es un delito menor grave. Un agresor condenado por una segunda infracción debe cumplir al menos 10 días de cárcel. Las penas máximas son 1 año de cárcel y una multa de $3,000. De nuevo, las penas ordenadas suelen ser mucho más bajas.

Si el agresor utiliza un arma al infringir la OFP, es un delito grave. También es un delito grave si el agresor infringe una OFP 3 o más veces en 10 años. La pena máxima por un delito grave es de 5 años de prisión y una multa de $10,000.

A veces, cuando un agresor infringe la OFP, también comete un delito más grave en el proceso. Si esto ocurre, también se pueden presentar otros cargos penales.

 También puede pedir al juez de su caso de OFP que declare al agresor en desacato al tribunal. El secretario judicial tiene formularios para hacerlo.

¿Se acaba la OFP si dejo entrar al agresor en mi casa?

No. Pero por su seguridad es mejor no hacerlo. Si el agresor entra en la casa porque usted dice que puede hacerlo, sigue siendo una infracción de la OFP.

¿Qué pasa si tengo una orden de protección de un tribunal tribal?

Una orden de protección de un tribunal tribal debe ser ejecutada si las protecciones son las mismas que las de una OFP. Lleve una copia certificada de la orden de protección del tribunal tribal al juzgado y pida que la archiven. No hay ningún costo. Puede ir al juzgado del condado:

  • en el que vive usted
  • en el que vive su agresor
  • donde ocurrió el abuso O
  • donde tenga un caso en el tribunal de familia

Entregue una copia de la orden de protección a la policía local o al departamento del sheriff. Si el agresor incumple la orden, sabrán que deben detenerlo.

¿Puedo iniciar otras medidas legales contra el agresor?

Usted puede demandar al agresor por dinero si tiene lesiones, incluyendo la angustia emocional. También puede haber otras posibilidades legales. Hable con un abogado sobre sus opciones. ¡Actúe con rapidez! Hay plazos que se aplican.

Capítulo 5. Modificación o Prolongación de una OFP

¿Cómo puedo cambiar mi OFP?

Es necesario pedir al tribunal que cambie su OFP. Esto se llama modificación. Llene los formularios explicando qué quiere cambiar y por qué. Después presente los formularios en el juzgado. Puede obtener los formularios aquí: www.mncourts.gov/GetForms.aspx?c=17&f=323.

El juzgado programará una audiencia. Asista a la audiencia y explique al juez por qué necesita que se modifique su OFP. Si no va a la audiencia, el juez no cambiará su OFP.

El agresor me promete que ha cambiado y que debo suspender la OFP. ¿Debo hacerlo?

La decisión la toma usted. Debe pensarlo bien. Muchas veces los agresores dicen que se arrepienten, pero al poco tiempo el maltrato vuelve a empezar. ¿El agresor ha completado un programa de abuso doméstico o de asesoramiento? ¿O esta promesa es sólo de palabra? ¿Le ha prometido que nunca le hará daño o le amenazará, pero lo ha hecho de todos modos? ¿Cómo ha demostrado el agresor que ha cambiado realmente?

Si usted retira la OFP, sólo podrá obtener una nueva si hay más abuso.

Usted tiene otras opciones además de retirar la orden. Puede modificar la orden para permitir el contacto y así poder ir juntos a terapia. Esto les permitiría verse sin que el agresor infrinja la OFP. Pero el resto de las protecciones de la OFP seguirían vigentes.

 

Mi OFP se vence pronto. ¿Puedo renovarla?

Puede obtener la renovación de su OFP si:

  • el agresor ha infringido la orden O
  • el agresor la ha acosado O
  • le sigue teniendo miedo al agresor O
  • el agresor está a punto de salir de la cárcel o de la prisión

Usted no tiene que demostrar que han ocurrido nuevos actos de abuso doméstico. No importa si su OFP ya ha expirado o si el agresor aceptó la OFP. Incluso si el tribunal penal no acusó y condenó a su agresor por una infracción de su OFP, usted puede pedir al tribunal que prolongue su OFP. Todavía tiene que probar que su OFP fue infringida, pero no tiene que haber una condena penal.

El tribunal puede hacer que la OFP dure hasta 50 años si:

  • usted ha tenido 2 o más OFP contra el agresor O
  • el agresor ha infringido la OFP 2 o más veces

Si ha solicitado una OFP de 50 años para un menor, éste tiene que volver a solicitarla por su cuenta cuando cumpla los 18 años.

Capítulo 6. Mudarse cuando se tiene una OFP

¿Qué pasa si me mudo de la dirección que aparece en mi OFP?

La OFP es válida incluso si se muda. Considere dar al juzgado y al departamento de policía local su nueva dirección. Asegúrese de decirles que su dirección es confidencial. Si no les dice que es confidencial, el agresor podría conseguir su nueva dirección.
 

¿Y si trabajo o vivo en otro estado?

Pida una copia certificada de su OFP al tribunal que la emitió. Lleve la copia certificada al juzgado del condado donde vive o trabaja. Pida que la archiven o registren como "sentencia foránea" (foreign judgment)). La ley exige que otros estados reconozcan y ejecuten su OFP una vez que la presente.

Necesito mudarme para estar a salvo. ¿Puedo cancelar mi contrato de arrendamiento?

Usted puede cancelar legalmente su contrato de arrendamiento si ha sido víctima de violencia doméstica, agresión sexual o acoso. Debe:

  1. Entregar al arrendador
  • Una copia de la OFP o HRO

                                   Y

  • Una carta firmada y fechada en la que diga lo siguiente:
    1. que teme un abuso inminente por parte de la persona mencionada en la orden
    2. que necesita poner fin a su contrato de arrendamiento
    3. fecha en la que usted se irá
    4. qué es lo que usted quiere que el arrendador haga con sus cosas

Puede ver un ejemplo de "Notificación de finalización del contrato de arrendamiento por miedo a la violencia (Minn. Stat. § 504B.206)" al final de este folleto.

  1. Pague el alquiler del mes en que se mude. Usted pierde su depósito de seguridad. El propietario se lo queda a cambio de dejarle romper el contrato.

Si no tiene (o no quiere obtener) una OFP o una HRO, puede entregar al arrendador una carta en la que diga que ha sido víctima de violencia doméstica, agresión sexual o acoso. Puede ver un ejemplo de "Declaración de una tercera parte calificada (Minn. Stat. § 504B.206)" al final de este folleto.

Esta carta debe ser de

  • un tribunal
  • una agencia del orden público
  • un profesional de la salud con licencia
  • un intercesor de abuso doméstico O
  • un asesor en materia de agresiones sexuales

Si tiene preguntas, póngase en contacto con una oficina de ayuda legal o con un abogado especializado en abuso doméstico. Para encontrar un abogado llame a su oficina de Ayuda Legal al 1 (877) 696-6529 o busque ayuda de otras programas al www.lawhelpmn.org/es/providers-and-clinics

Para más información sobre la ruptura del contrato de alquiler, consulte nuestra hoja informativa Víctimas de Violencia Doméstica, Acoso o Conducta Sexual Delictiva: Sus Derechos en la Cancelación de su Contrato de Arrendamiento

Capítulo 7. Órdenes de Restricción por Acoso

¿Qué es una Orden de Restricción por Acoso?

Una Orden de Restricción por Acoso es una orden de restricción para evitar el acoso. No es un caso penal. Se lleva a cabo en un tribunal civil.

¿Qué es el acoso?

Por "acoso" se entienden los actos, palabras o gestos que el acosador utiliza y que se interponen en la seguridad, la protección o la intimidad de usted. Esto puede ser:

  • amenazar con hacerle daño a usted o a su propiedad
  • llamarle repetidamente
  • acosarle o seguirle
  • enviarle o entregarle objetos repetidamente
  • agresión física o sexual una sola vez (daño)
  • enviar fotografías sexuales privadas de usted a alguien

¿Quién puede obtener una orden de restricción por acoso?

Cualquiera puede obtener una orden de restricción por acoso (HRO). La relación entre usted y el acosador no importa. El acosador puede ser un desconocido, un vecino o un compañero de trabajo.

Un padre o padrastro puede obtener una orden de acoso para un niño, si éste está siendo acosado.

Si alguien le acosa, a veces ayuda que primero le diga que deje de hacerlo por escrito, como un texto o un correo electrónico. Guarde una copia de cómo le dijo que parara. Anote todas las veces que le haya dicho al acosador que deje de hacerlo verbalmente.

¿Cuál es la diferencia entre tener un HRO y una OFP?

Para una OFP, el acosador debe ser de la familia, usted debe haber vivido con él, o deben tener un hijo juntos o una relación romántica importante. Para una HRO, la relación entre usted y el acosador no importa. Si tiene el tipo de relación necesaria para obtener una OFP, debe solicitarla.

Algunos comportamientos no se ajustan a la definición legal de abuso doméstico pero sí a la de acoso. Por ejemplo, su ex novio la llama una y otra vez diciendo que va a quitarle la custodia de su hijo. Si le molesta que sus llamadas no cesen, es acoso. Si sus llamadas le hacen temer que le pueda hacer daño, se trata de abuso doméstico.

¿Cómo me protege un HRO?

El tribunal puede ordenar al acosador que no se comunique con usted ni con su familia. La orden permite a la policía detener al acosador sin necesidad de una orden judicial. La HRO puede durar 2 años, o más si el acosador ha infringido antes las órdenes de alejamiento.

¿Cómo se solicita una HRO?

Para obtener una HRO tiene que conseguir los formularios, llenarlos y presentarlos en el juzgado. El juzgado puede estar en el condado

  • en el que usted vive O
  • en el que vive su acosador O
  • donde ocurrió el acoso

Usted no necesita abogado.

Se cobra una cuota por presentar la solicitud de una HRO. Pero el tribunal puede anular la cuota o reducirla si:

  • usted tiene bajos ingresos y no puede pagar las cuotas. Pida al tribunal una exención de la cuota. Esto se llama "Fee Waiver."(exencion de cuotas) Este formulario pide al tribunal que reduzca la cuota o la exima para que usted no tenga que pagar. Puede utilizar la entrevista en línea de Guide and File del tribunal para rellenar sus formularios y presentarlos electrónicamente. Para iniciar la entrevista de Guide and File:

                           O

  • Lo que le hizo su acosador es un delito. Puede pedir al secretario del tribunal una lista de los delitos. Algunos de ellos son:
    • acosar, seguir o vigilarle              
    • un acto ilegal con el propósito de hacerle daño o destruir su propiedad
    • allanamiento de morada - estar en su casa sin su permiso
    • llamarle o enviarle mensajes de texto repetidamente
    • agresión sexual
    • contacto sexual con un menor    

PASO 1: Obtener los formularios

Los formularios que necesita para obtener su HRO son la "Declaración Jurada del Demandante y la Petición de Orden de Restricción por Acoso" (Petitioner's Affidavit and Petition for Harassment Restraining Order) y la "Hoja Informativa del Orden Público” (Law Enforcement Information Sheet).

  • La declaración jurada es una declaración de hechos. Usted da información básica sobre usted y describe el acoso. No tiene que poner su dirección en la declaración jurada. Puede pedir al tribunal que mantenga su dirección confidencial.
     
  • La Petición le dice al tribunal lo que usted quiere que haga. Usted enumera las cosas que quiere que el tribunal ordene en la HRO.
     
  • La Hoja Informativa ayuda a la policía o al departamento del sheriff a encontrar al acosador. Necesitan encontrar al acosador para entregarle los formularios.

Hay 3 maneras de obtener sus formularios:

  1. Vaya al juzgado y dígales que quiere presentar una HRO. Un secretario del tribunal le dará los formularios que necesita.
     
    • En el condado de Ramsey, hay una oficina especial en el juzgado para ayudarle a solicitar una HRO. Llame a la Oficina de Abuso Doméstico/Acoso al (651) 266-5130.

                       O

  1. Obtenga los formularios en línea para poder llenarlos antes de ir al juzgado.
     
    • Vaya a www.mncourts.gov/forms
    • Haga clic en "Harassment" (acoso)
    • Haga clic en "Petitioner's Harassment Packet" (Paquete de Acoso del Demandante)
    • Lea las instrucciones cuidadosamente 

                         O

  1. Llene y presente los formularios en línea utilizando la entrevista Guide and File del tribunal. Este programa le ayuda a crear los formularios para solicitar al tribunal una HRO. Funciona haciéndole preguntas. Utiliza sus respuestas para completar los formularios. Usted puede presentar sus formularios al tribunal electrónicamente. O puede imprimir sus formularios y llevarlos en persona al juzgado para presentarlos.

Para iniciar la entrevista de Guide and File:

PASO 2: Llenar los formularios

Hay muchos tipos de acoso. El tribunal tiene que decidir si su situación cumple con la definición legal de acoso. Dé tantos detalles y ejemplos específicos del acoso como pueda. Cuantos más detalles tenga el tribunal, mejor podrá entender lo ocurrido. El tribunal sólo puede considerar la información de sus formularios para decidir si debe obtener una HRO.

En sus formularios, diga al tribunal

  • ¿Cuándo ocurrió el acoso? Utilice fechas concretas. Si no puede recordar la fecha exacta, diga al tribunal en qué mes o día de la semana.
     
  • ¿En qué consistió el acoso? No utilice palabras como "me siguió" o "me llamó mucho." En lugar de esto, cuente al tribunal detalles específicos. Por ejemplo:
    • Lo vi sentado en su auto afuera de mi casa todos los días durante los últimos 5 días. También me siguió al trabajo ayer y se sentó en su auto todo el día hasta que terminé de trabajar.
    • Desde el 15 de octubre de 2020, me llama una y otra vez al menos 15 veces al día. Ayer me llamó 26 vece
       
  • ¿Qué dijo el acosador? Utilice las palabras exactas de la amenaza. Aunque el acosador haya usado groserías o haya insultado, usted debe poner sus palabras exactas en sus formularios.

PASO 3: Presentar los formularios

Lleve los formularios completados al juzgado para presentarlos.

Si utilizó la entrevista en línea ("Guide and File") para completar sus formularios, puede presentarlos electrónicamente.

Sólo un juez puede decidir si usted obtiene la HRO. El juez puede tardar de 1 a 3 días en tomar una decisión.

PASO 4: Organizar la "notificación" (service)

Los formularios que usted llena para pedir su HRO tienen que ser entregados al acosador de una manera determinada. Esto se llama "notificación del proceso" (service of process) o " notificación" (service). Esto significa que alguien que no sea usted entrega personalmente los papeles al acosador. La hoja de información sobre la aplicación de la ley que ha llenado ayuda a la policía o al departamento del sheriff a notificar al acosador.

Si recurre al sheriff o a la policía, no hay ningún costo para usted. Pero es posible que tenga que llevar usted mismo los papeles al sheriff. El sheriff suele estar en el juzgado o cerca de él. Dé al sheriff toda la información que pueda sobre dónde encontrar al acosador. En algunos condados, el secretario del tribunal se encarga de llevar los papeles al sheriff por usted.

Si el tribunal no le da una HRO y no programa una audiencia, al acosador no se le entregarán sus formularios.

¿Necesito una audiencia judicial para obtener una HRO?

No necesariamente. En algunos casos, puede obtener una HRO sin tener una audiencia judicial. El tribunal puede darle una HRO "ex parte." "Ex parte" significa sin avisar a la persona de la otra parte del caso. Se trata de una orden que usted obtiene porque la información de sus formularios muestra que existe un peligro inmediato de acoso. Usted obtiene la orden antes de que el acosador tenga la oportunidad de contar su versión de los hechos.

Si obtiene una HRO ex parte, el acosador puede pedir una audiencia. El acosador tiene 20 días para pedir una audiencia después de ser notificado (de recibir los formularios). Si usted no recibe una notificación por correo, siga llamando al tribunal para ver si el acosador pidió una audiencia. Si no se presenta a la audiencia, el acosador puede conseguir que se desestime la HRO. Usted no tendrá protección.

Si el juez deniega su solicitud de HRO, usted puede pedir una audiencia. En la audiencia tendrá que demostrar que la información contenida en sus formularios es verdadera y que las acciones del acosador cumplen con la definición legal de acoso.

¿Qué ocurre en la audiencia?

Usted presenta su caso primero. 

Usted le dice al juez lo que sucedió y por qué necesita una HRO. Esto es lo que se llama su testimonio. Si tiene pruebas para demostrar el acoso, llévelas a la audiencia.

Las pruebas pueden ser registros telefónicos o mensajes de texto que muestren que el acosador le llama o envía mensajes de texto repetidamente. También pueden ser fotos, informes policiales o informes médicos si le han agredido física o sexualmente. Si tiene textos o fotos en su teléfono que quiere que el juez vea, debe sacarlos de su teléfono para la audiencia.

Lleve tres copias de sus pruebas a la audiencia. Una para el juez, otra para el acosador y otra para usted. Asegúrese de llevarlas todas. No puede traer las cosas más tarde o decir que las tiene en casa y que podría traerlas más tarde.

Después de que usted presente su caso, el acosador presenta el suyo. Este es su momento para contar su versión y mostrar las pruebas al juez.

A veces, antes de que comience el caso, el juez les pedirá a usted y al acosador que hagan una mediación. Usted no tiene que llegar a ningún acuerdo en la mediación. Si usted le tiene miedo al acosador, dígaselo al juez. Es posible que no le obliguen a mediar si le tiene miedo al acosador.

¿Qué pasa si el acosador infringe mi HRO?

Llame a la policía. La policía debe detener al acosador si cree que ha infringido la HRO. La policía no tiene que ver la infracción por sí misma. Dígales que tiene una HRO. Pida a la policía que haga la detención.

Infringir una HRO es un delito menor. Las sanciones incluyen penas de cárcel y multas. Las penas máximas son 90 días de cárcel y $700 de multa. Las sanciones suelen ser mucho más bajas. Las sanciones por infringir la ley aumentan según el número de infracciones.

También puede pedir que el tribunal declare al acosador en desacato en el caso de acoso. El secretario del tribunal tiene formularios para hacerlo.

¿Dónde debo guardar las copias de mi HRO?

Haga copias de su HRO y lleve siempre una copia con usted. Guarde una copia en su bolso, en su automóvil, en el trabajo y en cualquier otro lugar donde pueda necesitarla. Es más probable que la policía detenga al acosador por infringir su HRO si usted tiene una copia consigo.

Considere la posibilidad de entregar copias de su HRO al arrendador, al supervisor en el trabajo, a la guardería y a la escuela de su hijo.

Capítulo 8. Acusaciones Penales contra los Agresores

¿Se ha cometido un delito? ¿Qué debo hacer?

Siempre que le agredan física o sexualmente (le hagan daño), se ha cometido un delito. También es un delito que el agresor infrinja su OFP o HRO.

Llame al 9-1-1 cuando ocurra la agresión. Normalmente la policía levanta informes por las llamadas al 9-1-1. No siempre hacen un informe cada vez que se les llama. Si usted llama a la policía, pídales que levanten un informe. Pida una copia. Siempre que se cometa un delito, se puede pedir a la policía que levante un informe policial. Si usted no llamó a la policía en el momento de la agresión, puede llamarlos más tarde y pedirles que levanten un informe entonces.     

Nunca dé por sentado que el agresor será acusado de un delito sólo porque se llamó a la policía, se detuvo al agresor o la policía presentó un informe. Si quiere que el fiscal acuse al agresor de un delito, llame al fiscal y dígaselo. Es posible que usted necesite añadir más detalles a la denuncia policial. Hágale saber al fiscal que quiere que el agresor sea acusado de un delito.

Es útil llevar a un intercesor o persona que le apoye cuando trate con la policía y los fiscales. Vea "Dónde Encontrar Ayuda" en Capítulo 9. La presentación de informes policiales y la solicitud de un proceso penal es difícil y estresante. Tener a alguien que le apoye puede ser de gran ayuda.

¿Por qué debería yo acusar al agresor de un delito?

  1. Porque usted es víctima de un delito. Va en contra de la ley hacer daño o amenazar a alguien.
  2. Si se le condena, el agresor puede ser encarcelado o multado.
  3. Esto puede poner fin a la violencia.

Si es condenado por un delito, el agresor puede cumplir una pena de cárcel o prisión. Esto no siempre ocurre. Usted tiene derecho a decirle al fiscal o al tribunal qué tipo de castigo cree que debería recibir el agresor. El fiscal puede tomar en consideración sus deseos a la hora de decidir el procesamiento y la condena del agresor. El tribunal puede ordenar que el agresor se someta a asesoramiento y tratamiento. El tribunal también puede ordenar al agresor que no tenga contacto con usted.

Que el agresor sea procesado por un delito le proporciona a usted cierta protección porque:

  • el agresor puede ser encarcelado
  • el tribunal puede ordenar que no haya contacto
  • el tribunal puede vigilar el comportamiento del agresor
  • el agresor puede recibir tratamiento por abuso doméstico o consumo de drogas/alcohol

 El sistema judicial es una de las formas para intentar detener la violencia. La violencia no suele cesar sin ayuda.

¿Qué pasa si decido que no quiero que el agresor sea acusado de un delito?

Si la policía ha intervenido, la decisión de presentar cargos no es de usted. El fiscal toma la decisión de acusar a alguien. Usted puede pedir al fiscal que no acuse al agresor de un delito, pero es decisión del fiscal.

Es posible que el fiscal no acuse al agresor si usted no quiere testificar. Pero a veces tienen otras pruebas y presentan cargos de todos modos.

Si la policía no ha intervenido, usted debe anotar los episodios de abuso aunque no quiera que el agresor sea acusado de un delito. Esto es útil por dos razones. Primero, si el abusador vuelve a ponerse violento, es posible que deba demostrar que ya sucedió antes. En segundo lugar, si alguna vez participa en audiencias judiciales como OFP, custodia de los hijos, divorcio o protección de los hijos, puede resultarle útil demostrar que el abusador fue violento en el pasado.

Otras cosas que usted puede hacer:

  • Si hay un informe policial, obtenga y guarde una copia.
  • Si usted tiene alguna lesión, tome fotos. Puede pedirle a la policía que tome fotos para su informe. Puede pedirle a un amigo o a un abogado que tome fotos. 
  • Asegúrese de que las notas que escriba y los papeles que reúna se guarden en un lugar donde el agresor no pueda encontrarlos.
  • Si usted está herido, busque atención médica. Pida a su médico o enfermera que anote la causa de sus lesiones en su historial médico. NO invente una historia sobre cómo se lesionó, como por ejemplo "darse un golpe con la puerta." Puede ser muy difícil más tarde sacar la verdad si su historial médico no dice lo que realmente ocurrió.
  • Tome fotos si se dañó algún objeto o propiedad. Si repara o sustituye la propiedad dañada, guarde un recibo. Conserve los bienes dañados por si los necesita más adelante para demostrar lo sucedido.
  • Lleve un registro o diario de los abusos que ocurren. Anote cada vez que el agresor le agreda, le amenace o le haga daño. Anote la fecha y la información específica.


Por ejemplo  

12 de junio de 2020 - Chris me empujó contra la pared del dormitorio. Dijo: "Tienes suerte de que no tenga un arma". El hombro izquierdo tenía moretones.

Capítulo 9. Dónde Encontrar Ayuda y Obtener Formularios Judiciales

Dónde Encontrar Ayuda

Un intercesor de abuso doméstico puede ayudarle a hacer planes para su seguridad. Los intercesores ayudan a las mujeres y a los hombres que han sufrido abuso. Para encontrar su programa local de abuso doméstico:

  • Llame Minnesota DayOne (Minnesota día uno) al (866) 223-1111

  • Vaya a Violence Free Minnesota (Minnesota Libre de Violencia) vfmn.org

    • Haga clic “Get Help” (Obtener ayuda)

    • Haga clic “Find a program near you” (Encontrar programa cercano a usted)

    • Los programas se enlistan alfabéticamente por condado

RECUERDE: Nadie tiene derecho a hacerle daño amenazarlo. Usted merece sentirse a salvo.

Usted no es la única persona que ha tenido problemas como éste. Usted no está solo. Hay personas y leyes que le ayudan. Hay intercesores que pueden ayudarle y también abogados. Personas que han luchado por poner fin al abuso doméstico han descubierto que obtener una OFP y/o un proceso penal SÍ AYUDA a detener la violencia.

Formularios Judiciales

La OFP (Orden de Protección) y los formularios relacionados se pueden encontrar en el sitio web del Poder Judicial de Minnesota en www.mncourts.gov/GetForms.aspx?c=17

HRO (Orden de Restricción por Acoso) y formularios relacionados se pueden encontrar en el sitio web del Poder Judicial de Minnesota en www.mncourts.gov/GetForms.aspx?c=22

Si un distrito aparece al lado de un formulario, el formulario es para ser usado sólo dentro de ese distrito judicial. Si aparece la palabra "statewide" (en todo el estado), el formulario puede utilizarse en cualquier distrito del estado.

También puede llenar y presentar los formularios en línea utilizando la entrevista de la Guía y Presentación del tribunal. Este programa le ayuda a crear los formularios para solicitar al tribunal una OFP o una HRO. La misma entrevista sirve tanto para una OFP como para una HRO. La entrevista le hace preguntas y luego utiliza sus respuestas para llenar los formularios. Puede presentar sus formularios al tribunal de forma electrónica. O puede imprimir sus formularios y llevarlos en persona al juzgado para presentarlos.

Para iniciar la entrevista de Guide and File: (solo en ingles)