Custodia de Terceros
Esta hoja informativa habla de cómo se puede obtener la custodia de un niño si no se es su madre o padre biológico.
Comprendiendo la Custodia y la Custodia de Terceros
La custodia legal significa que usted tiene el derecho de tomar decisiones importantes para el niño. Estas son decisiones como la atención médica, la religión, y a dónde va ir a la escuela.
La custodia física significa vivir con el niño y ocuparse de sus necesidades diarias.
En Minnesota, si los padres no están casados cuando el niño es concebido o nace, la madre tiene la exclusiva custodia legal y física hasta que un tribunal decida lo contrario. Un padre soltero tiene que establecer la paternidad antes de tener el derecho legal de pedir la custodia legal o física de un niño. Para más información vea nuestra hoja informativa Paternidad y Custodia de Menores.
Las parejas casadas comparten la custodia legal y física de un niño que nace dentro del matrimonio sin necesidad de una orden judicial.
La custodia de terceros es cuando un tribunal otorga la custodia legal y física de un niño a alguien que no es un padre biológico. Esta persona a veces se llama el custodio.
¿Qué diferencia hay entre la custodia por terceros y la tutela o la adopción?
En una tutela legal, la patria potestad de ambos padres o del único padre vivo se cancela. Una tutela legal también puede ser establecida si ambos padres están muertos.
Si el niño es adoptado, entonces el proveedor de cuidados se convierte en el padre legal del niño. Con la adopción, los derechos de los padres biológicos terminan.
Los derechos de los padres no se retiran en un procedimiento de custodia de terceros. Incluso si alguien obtiene la custodia de terceros, se puede permitir que los padres tengan tiempo de crianza y podrían tener que pagar la manutención del niño.
Incluso si alguien obtiene la custodia de terceros, el niño sigue siendo el hijo de los padres para fines de herencia y seguridad social.
¿Qué diferencia hay entre la custodia de terceros y una Delegación de la Autoridad Parental (Delegation of Parental Authority - DOPA)?
Una DOPA es creada por un padre cuando quiere que alguien más cuide de su hijo temporalmente. Una DOPA no se presenta ante el tribunal. Un padre puede detener una DOPA en cualquier momento. Vea nuestra hoja informativa Delegación de Autoridad Parental (DOPA).
La custodia de terceros es iniciada por alguien que no sea ninguno de los padres, cuando esa persona quiere cuidar al niño permanentemente. Sólo un tribunal puede conceder a alguien la custodia de terceros.
¿Por qué desearía yo la custodia de terceros?
Si cuida de un niño en su casa, la custodia de terceros le da a usted:
- el derecho a obtener atención médica, inscribir al niño en la escuela, y darle al niño un hogar seguro, estable y permanente
- directrices claras y aplicables sobre cosas como dónde va a vivir el niño y qué tipo de tiempo de crianza pueden tener los padres
- seguridad de que los padres no pueden llevarse al niño de repente, causando interrupciones en la escuela, en otras actividades y en la estabilidad que el niño siente
- la posibilidad de que el padre o la madre pague la manutención del niño y
- la capacidad de proteger la salud física y emocional del niño si los padres no pueden proporcionarle un ambiente estable y saludable
Ir al Tribunal
Si usted quiere pedir la custodia del hijo de otra persona, tiene que demostrar que tiene "posición". Un tribunal sólo considera las solicitudes de custodia de terceros si alguien tiene "posición". Esto significa que usted tiene que demostrar que es un custodio de facto o un tercero interesado.
¿Soy un custodio de facto?
Usted es un custodio de facto si puede demostrar con pruebas claras y convincentes que:
- Usted ha sido el principal cuidador del niño
- Los padres del niño no están involucrados en el cuidado del niño y
- En los últimos 2 años antes de presentar su Petición, el niño vivió con usted sin sus padres presentes, por:
- Al menos 6 meses si el niño es menor de 3 años o
- Al menos 1 año si el niño tiene 3 años o más.
Por ejemplo: Su nieto tiene 2 años. Su hija le pidió que lo cuidara mientras ella se recupera. Ahora él ha vivido con usted por más de 6 meses. Su hija no vive con usted, pero ella viene a visitar cada unos meses por unas pocas horas. Usted encontró una guardería, lo lleva a las citas con el doctor y se asegura de que se alimente, se vista y tenga un hogar estable donde vivir. Su hija no paga por sus necesidades, no ayudó a encontrar la guardería y no lo lleva al médico. Usted es un custodio de facto.
Por ejemplo: Su sobrino y la hija de él de 4 años han vivido con usted durante 2 años. Usted cuida de la hija de él durante el día mientras él trabaja. Él está en casa la mayoría de las noches después del trabajo para pasar tiempo con su hija y acostarla. Pero usted cree que él debería pasar más tiempo con ella los fines de semana cuando no está trabajando. Él no paga el alquiler, pero compra comida para la casa y paga toda la ropa, los juguetes y las actividades de su hija. Usted no es un custodio de facto.
Además de demostrar que es un custodio de facto, también tiene que demostrar al tribunal que es en el "mejor interés del niño" que usted tenga la custodia. (véase más abajo))
¿Soy un tercero interesado?
Usted es un tercero interesado si puede demostrar con pruebas claras y convincentes que tiene una relación significativa con el niño y que existe uno de los siguientes factores:
- El padre o la madre ha abandonado al niño, o ha descuidado el bienestar del niño hasta el punto de que es perjudicial para el niño vivir con el padre o la madre
- El niño está en peligro físico o emocional, por lo que poner al niño con usted tiene prioridad sobre la preservación de la relación diaria entre padres e hijos o
- Existen otras circunstancias extraordinarias.
Además de demostrar que usted es un tercero interesado, también tiene que demostrar al tribunal que es en el "mejor interés del niño" que usted tenga la custodia. Usted también tiene que demostrar que no ha sido condenado por ciertos delitos. Algunos ejemplos de estos delitos son asesinato, secuestro, agresión, castigo malicioso a un niño y abandono de un niño.
En los casos de custodia de terceros, ¿cómo decide el tribunal lo que es mejor para el niño?
El tribunal considera los siguientes factores para decidir qué es lo mejor para el niño:
- ¿Qué quieren las personas involucradas en cuanto a la custodia?
- ¿Qué quiere el niño? (si el tribunal considera que el niño tiene la edad suficiente para expresar una preferencia razonable)
- ¿Quién es el principal cuidador del niño?
- ¿Qué tan cercana es la relación entre cada adulto y el niño?
- La interacción del niño con una o varias partes, hermanos y cualquier otra persona que pueda afectar significativamente el mejor interés del niño
- La adaptación del niño al hogar, la escuela y la comunidad
- ¿Cuánto tiempo ha vivido el niño en un ambiente estable y satisfactorio y qué beneficio tiene mantener eso?
- ¿Qué tan fuerte es la unidad familiar del hogar actual o el hogar de custodia propuesto?
- La salud mental y física de todos los involucrados
- ¿Pueden las partes darle al niño cariño, afecto y orientación? ¿Pueden seguir educando y criando al niño en su cultura y religión, si esto es importante?
- ¿Cuál es el origen cultural del niño?
- ¿Cuál es el efecto de las acciones de un abusador en el niño, si el abuso doméstico ocurrió entre los padres o las partes?
El tribunal no puede utilizar un solo factor para decidir la custodia de terceros. Debe examinar y revisar cada uno de los factores y explicar cómo decidió lo que es mejor para el niño.
¿Cómo se inicia el proceso judicial?
Si puede demostrar que es un custodio de facto o un tercero interesado, puede iniciar una acción judicial. Primero, usted tiene que presentar una Petición de Custodia de Terceros en el tribunal de familia en el condado donde vive el niño o donde haya un caso anterior de custodia o divorcio que involucre al niño. Si un caso de custodia está ya pendiente, usted puede pedir permiso al tribunal para intervenir en ese caso.
Usted puede obtener los formularios que necesita (solo en inglés) en www.mncourts.gov
- Haga clic en "Get Forms” (Obtener Formularios)
- Haga clic en "Child Custody / Parenting Time” (Custodia de Menores/Tiempo de Crianza)
- Desplácese hacia abajo hasta "Establishing Third-party Custody of Someone Else's Child Forms” (Establecimiento de la Custodia de Terceros en los Formularios de Hijos de Otra Persona). Si usted no está seguro de qué formularios necesita, es mejor elegir el [PAQUETE] y leer todas las instrucciones cuidadosamente.
Usted también puede obtener los formularios en un Centro de Autoayuda del tribunal o en una biblioteca de derecho cerca de usted. Puede haber un costo para obtener estos formularios.
¿Qué pasa después de que yo presente la petición ante el tribunal?
La petición, junto con la citación, deben ser entregadas personalmente a los padres, tutor o custodio legal del niño. Pero no puede ser usted quien entregue personalmente los documentos a los padres. Si no sabe dónde están los padres, el tribunal puede permitirle hacer la entrega de otra manera, pero tiene que pedirle permiso al tribunal para hacerlo.
Una vez que los padres son notificados, ellos pueden ignorar el caso, pelear el caso, o apoyar su petición.
Si los padres quieren pelear el caso, ellos tienen 21 días para presentar una respuesta a partir de la fecha en que recibieron la citación y la petición. Una Respuesta es una contestación formal por escrito presentada ante el tribunal.
¿Qué sucede si los padres no presentan una Respuesta?
Si los padres deciden ignorar su petición y no presentan una Respuesta, se podría emitir una orden por incumplimiento. Una orden por incumplimiento es una decisión final que toma un tribunal cuando alguien no se presenta en el tribunal.
Aunque la otra parte no haya respondido, usted tiene que ir al tribunal para mostrar pruebas de que usted es un custodio de facto o un tercero interesado, y que es en el mejor interés del niño que el tribunal le conceda a usted la custodia.
¿Qué pasa si los padres quieren oponerse a la petición?
Si los padres quieren oponerse a su petición de custodia, se pueden celebrar varias audiencias para decidir si usted es un custodio de facto o un tercero interesado y si es en el mejor interés del niño estar con usted. Cada condado tiene su propio proceso para decidir los asuntos de custodia.
Primera Audiencia: Generalmente, en la primera audiencia, el tribunal decide si hay suficiente información en su petición para que el caso prosiga. Para poder proseguir, el tribunal necesita hacer un "fallo de prima facie". Esto significa que el tribunal revisa su petición y cualquier documento que haya presentado con su petición para ver si usted tiene lo suficiente para cumplir con los requisitos establecidos por la ley sobre la custodia de terceros.
Por ejemplo: Su petición tiene declaraciones generales diciendo que es peligroso para el niño vivir con sus padres, pero no da ningún ejemplo específico. El tribunal probablemente desestimará su petición.
Si el tribunal decide que su petición tiene suficiente información para seguir adelante con el caso, el tribunal puede emitir órdenes temporales de custodia, tiempo de crianza o manutención de menores. El tribunal también puede ordenar a las partes que participen en algún tipo de mediación.
Mediación: La mediación siempre es una buena manera de intentar resolver una disputa de custodia. Un mediador está capacitado profesionalmente y no toma partido en el caso. El mediador ayuda a las partes a reunirse y trabajar juntos en una solución. Puede ser un proceso duro, pero es en el mejor interés del niño si todos pueden trabajar juntos para crear un hogar seguro y estable para el niño.
Después de la mediación, el tribunal normalmente programa una audiencia de revisión para ver si se ha llegado o se puede llegar a un acuerdo. Si las partes no pueden llegar a un acuerdo, el tribunal programa el caso para una audiencia probatoria, también conocida como juicio.
Juicio: En el juicio, ahora usted tiene que demostrar que es un custodio de facto o un tercero interesado, y que es en el mejor interés del niño que usted tenga la custodia. Usted demostró que tenía la posición antes, ahora tiene que tener sólida evidencia para comprobarlo. En el juicio, las partes necesitan presentar pruebas para respaldar su caso de custodia. Ejemplos de pruebas pueden ser registros escolares, registros médicos, fotos o mensajes de texto que demuestren que la información que usted puso en su petición es verdadera.
¿Qué pasa si los padres quieren darme la custodia?
Si los padres están de acuerdo en darle a usted la custodia de terceros, aún así necesita ir al tribunal. Presente y entregue la petición como se explicó anteriormente y espere a la fecha de la audiencia. En la audiencia, usted y los padres le informan al tribunal sobre el acuerdo de custodia. El tribunal decide si su acuerdo es en el mejor interés del niño. Si el tribunal decide que todo está bien, aprobará el acuerdo de custodia. A veces esto se denomina decreto de consentimiento de custodia.
La orden judicial le transfiere la custodia legal y física del niño a usted. La orden debe establecer que usted puede decidir cosas como la atención médica, la enseñanza religiosa, dónde vive el niño y dónde va a la escuela. También que usted puede obtener información y servicios públicos para el niño como si fuera el padre o la madre.
La orden judicial también debe decir si la custodia de terceros es temporal o permanente y dar información sobre la manutención del niño y el tiempo de crianza.
¿Qué hago si se trata de una situación de emergencia?
A menudo, los padres están de acuerdo en dejar que los cuidadores se ocupen de sus hijos, siempre y cuando no se tomen medidas legales. Esto puede cambiar una vez que se les hace entrega de su citación y petición de custodia de terceros. Es posible que se enojen y vengan a llevarse al niño. Usted no puede impedir que los padres se lleven al niño a menos que tenga una orden temporal de emergencia para la custodia.
Si usted teme que los padres vengan a llevarse al niño y eso pudiera ser peligroso, pregunte sobre la obtención de una orden temporal de custodia de emergencia al mismo tiempo que presente la petición de custodia de terceros. Esto también se llama una acción "ex parte". El proceso para obtenerla puede ser diferente en los distintos condados, así que hable con su Centro de Autoayuda o con la Administración de Tribunales para obtener información.
¿Puedo obtener asistencia pública para el niño?
Si usted tiene la custodia legal y física del niño, ese niño se considera su dependiente. Puede reclamarlo como dependiente para las solicitudes de asistencia pública. Si ya está recibiendo beneficios, notifíqueles sobre la custodia del niño y sus beneficios podrían aumentar.
Es posible que haya otros beneficios que usted pueda recibir. Consulte con su trabajador.
¿Cuánto tiempo dura la custodia de terceros?
La orden que otorga la custodia de terceros es permanente. Sin embargo, las partes pueden pedir al tribunal que cambie la orden de custodia después de que haya estado en vigor durante un año y que ellos cumplan con ciertos requisitos. Se llama modificación de la custodia. Pero no es fácil conseguir que el tribunal cambie la custodia. El proceso para hacer una modificación de la custodia de terceros es el mismo que las modificaciones de la custodia entre los padres biológicos.
Vea nuestra hoja informativa Paternidad y Custodia de Menores (pg. 5 ¿Se puede cambiar la custodia?)