Si la Unidad IV-D le está ayudando, ellos utilizan el Proceso de Apoyo Expeditivo (Rápido). Otras cosas como las visitas o la custodia no pueden ser decididas de esta manera. Usted deberá presentar otro caso para esos asuntos. El Proceso Expeditivo de Manutención de Menores ayuda a los padres a resolver los problemas de manutención de sus hijos de manera rápida y fácil.
La unidad IV-D empieza con la entrega de una citación y una demanda a ambos padres. Estos documentos declaran los ingresos y gastos de ambos padres, y también pueden pedir una cantidad específica de manutención de los hijos.
Ya sea que la Unidad IV-D ayude con su caso o no, usted debe notificar y presentar una declaración jurada financiera. Puede obtener el formulario de declaración jurada en el sitio web del Departamento de Servicios Humanos. Hay cosas importantes que deben ser adjuntadas a la declaración jurada financiera, como
- Los talones de pago de los últimos 3 meses
- Una declaración de ingresos y gastos, si trabaja por su cuenta
- Una copia de su más reciente declaración de impuestos incluyendo sus formularios W-2, 1099, declaraciones de desempleo o de compensación del trabajador
- Cualquier otro documento que muestre cualquier otro ingreso.
Si no presenta la declaración jurada financiera, el tribunal establece la manutención de menores basándose en otras pruebas. No se le permite testificar sobre sus ingresos a menos que el tribunal determine que no tuvo acceso a los documentos.
Si los padres no responden a los documentos o piden una audiencia, la unidad IV-D puede pedir al tribunal que ordene la manutención de menores basándose en la información de los documentos.
Si cualquiera de los padres o la unidad IV-D lo solicita, se fija una audiencia. La audiencia la celebra un magistrado de la manutención de menores o un juez del tribunal de distrito. El condado de Hennepin utiliza un magistrado de manutención. En la audiencia, ambos padres tienen la oportunidad de dar datos sobre sus ingresos y gastos.
Después de escuchar las pruebas, el magistrado o juez de manutención de menores debe enviar una orden dentro de un plazo de 30 días. Si alguno de los padres no está satisfecho con la orden, puede pedir una revisión dentro de un plazo de 20 días a partir de la fecha en que se obtuvo la orden.