Víctimas de Delitos y “Visas U”
Esta hoja informativa habla de cómo puede cambiar su estatus migratorio si usted o un miembro de su familia ha sido víctima de un delito, y cómo solicitar este tipo especial de visado.
¿Qué es una visa U?
La visa U o estatus de no inmigrante U se otorga a veces a personas que no son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes y son víctimas de ciertos delitos graves en los Estados Unidos. Si usted o alguien de su familia (cónyuge, hijo, hermano, padre o madre) ha sido víctima de un delito en el EE.UU., puede haber formas de cambiar su estatus migratorio. Es posible que pueda solicitar una visa U.
La visa U o estatus de no inmigrante U le da 4 años de estatus legal, 4 años de permiso de trabajo y la oportunidad de solicitar el estatus de residente permanente. A algunas personas se les concede una “determinación de buena fe” mientras esperan una decisión sobre su visa U, ya que las decisiones tardan muchos años. Una determinación de buena fe (bona fide determination -BFD) otorga el estatus de acción diferida y permiso de trabajo. También existe la posibilidad de conseguir un amparo en algunos casos judiciales de inmigración por deportación o expulsión. Sin embargo, la solicitud de la visa U es decidida por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), no por el tribunal de inmigración.
¿Quién puede solicitar una visa U?
Si usted, su cónyuge, su hijo, su hermano o su padre o madre han sido víctimas de un delito en el EE.UU., es posible que puedan solicitar el estatus U. Incluso si la familiar víctima del delito es ciudadano estadounidense, usted puede calificar para el estatus U.
Si solicita el estatus U, su cónyuge y sus hijos solteros menores de 21 años pueden solicitar el estatus U con usted sin importar su edad. Si es menor de 21 años cuando solicita el estatus U, sus padres y sus hermanos solteros menores de 18 años también pueden solicitar el estatus U con usted.
Además, si ha sido víctima de un delito que cumpla los requisitos en cualquier lugar bajo jurisdicción estadounidense, podría solicitar la visa U. También puede solicitar una visa U si fue víctima de un delito fuera de los Estados Unidos pero el delito infringió la ley estadounidense. Puede solicitar la visa U aunque no se encuentre en Estados Unidos en este momento.
No todas las víctimas de delitos pueden obtener la visa U. Depende del delito, si ayudó con la investigación, de cómo le haya afectado y de otros factores. Consulte las secciones siguientes sobre elegibilidad.
Si cree que usted o alguien de su familia puede ser elegible, llame a un abogado de inmigración para que le ayude.
¿Qué delitos califican?
Aquí tiene una lista de todos los delitos que cumplen los requisitos. Si usted ha sido víctima de uno de los delitos que se enumeran a continuación, puede ser elegible para obtener una visa U. Nota: los delitos que son similares a estos o un intento de cometer los delitos enumerados también se pueden utilizar para solicitar el estatus de no inmigrante U.
- Violación
- Tortura
- Tráfico
- Incesto
- Violencia doméstica
- Agresión sexual
- Acoso
- Contacto sexual abusivo
- Prostitución
- Explotación sexual
- Mutilación genital femenina
- Ser rehén
- Peonaje
- Privación ilegítima de libertad
- Servidumbre involuntaria
- Trata de esclavos
- Rapto
- Secuestro
- Privación ilegal de libertad
- Chantaje
- Extorsión
- Homicidio involuntario
- Asesinato
- Agresión grave
- Manipulación de testigos
- Obstrucción a la justicia
- Perjurio
- Fraude en la contratación de mano de obra extranjera (reclutar, solicitar, contratar a sabiendas a alguien fuera de Estados Unidos con la intención de traerlo a Estados Unidos en condiciones falsas)
¿Qué requisitos debo cumplir?
Usted tiene que demostrar lo siguiente:
- Usted (o un miembro de su familia) es víctima de un delito en el EE.UU. Usted debe demostrar que el delito se cometió. Las pruebas pueden ser un informe policial, una denuncia ante el departamento de trabajo o registros de protección de menores. Otras pruebas también ayudan, como historiales médicos, cartas de personas que le ayudaron después del delito o cartas de testigos del delito. También tiene que escribir una declaración jurada sobre los hechos del delito y cómo el delito afectó a su vida. Asegúrese de incluir su nombre impreso, firma y fecha. No tiene que firmar ante notario, pero puede hacerlo.
- Usted (o un miembro de su familia) tuvo o tiene graves problemas físicos o emocionales a causa del delito. Por ejemplo, si tiene problemas de salud a causa del delito, pídale a su médico que escriba una carta sobre los problemas médicos. O si tiene problemas emocionales, pida a su terapeuta o consejero que escriba una carta sobre estos problemas. También puede pedir a cualquier persona que sepa lo que ha sufrido que escriba una carta. Si usted no fue al médico o al terapeuta, pero sufrió abuso, describa el abuso en una declaración escrita.
- Usted ayudó, está ayudando o ayudará a los funcionarios a investigar o procesar el delito. Necesita obtener un certificado oficial (Formulario I-918 Suplemento B) firmado por las fuerzas del orden. Hable con un abogado para obtener el certificado antes de ponerse en contacto con las fuerzas del orden. Un funcionario que sepa cómo ha ayudado o está ayudando en la investigación del delito está autorizado a darle un certificado firmado. El funcionario puede ser:
- un agente de policía
- un fiscal
- un juez
- un agente de protección de menores
- un funcionario de inmigración, u
- otras autoridades estatales o federales
- Usted es admisible u obtiene una exención. Inmigración utiliza el término «admisible» para referirse a aspectos de su historial que podrían impedirle obtener una visa o un estatus como el estatus de no inmigrante U. Algunas cosas que podrían impedirle ser "admisible" son:
- entrar ilegalmente a Estados Unidos
- cometer ciertos tipos de delitos, aunque nunca haya ido al tribunal o a la cárcel, o sólo haya pagado una multa. Vea nuestra hoja informativa Cómo le Puede Afectar a su Estatus Migratorio el Hecho de Ser Acusado de un Delito.
- mentir a las autoridades de inmigración
- decir que es ciudadano estadounidense cuando no lo es
- votar ilegalmente
- salir de los Estados Unidos después de haber estado aquí ilegalmente durante al menos 6 meses
Si usted no es admisible, solicitar una exención al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). La solicitud de exención se llama Formulario I-192 Solicitud de Permiso Anticipado de Entrada como No Inmigrante. (solo en ingles- “Application for Advance Permission to Enter as Nonimmigrant”).
Hable con un abogado sobre su historial. Un abogado puede ayudarle a decidir si necesita presentar la solicitud de exención y si hay pruebas que deba enviar con su solicitud. Debe escribir una declaración que explique por qué se le debe permitir quedarse y por qué no quiere regresar a su país de origen.
¿Cuáles son los beneficios del Estatus de no inmigrante U?
Si a usted se le aprueba:
- se le permite vivir en Estados Unidos durante 4 años
- se le permite trabajar en Estados Unidos durante 4 años
- al cabo de 3 años de vivir en Estados Unidos con el Estatus U, es posible que pueda solicitar la residencia permanente (tarjeta verde)
- es posible que puede incluir a su cónyuge, hijos menores, padres y hermanos menores solteros. A qué familiares podría usted ayudar depende de su edad o de la de ellos
- aunque no incluya a sus familiares ahora, es posible que pueda ayudarles más adelante.
¿Cuánto tarda USCIS en revisar mi caso de visa U?
A partir de septiembre de 2025, el USCIS estaba emitiendo decisiones definitivas para los casos de visas U que se presentaron antes del 30 de abril de 2017. El USCIS sólo puede otorgar un número determinado de visas U cada año, por lo que hay un largo tiempo de espera para obtener una decisión.
El USCIS puede otorgarle lo que se denomina una Determinación de Buena Fe (Bona Fide Determination - BFD) mientras su solicitud de visa U está en trámite. Recibirá una BFD siempre y cuando haya enviado todos los documentos necesarios junto con su solicitud y no haya problemas importantes en su caso. No es necesario que haga nada más para obtener la BFD. Lo bueno es que la revisión de los casos para las BFD lleva menos tiempo. En noviembre de 2025, el 80% de las BFD en casos de visados U tardaban unos 2,5 años en ser revisadas por el USCIS.
USCIS trabaja en las solicitudes en el orden en que se presentan. Por lo tanto, es importante presentar su solicitud de visa U tan pronto como sea posible para mantener su lugar en la fila. Para comprobar cuánto tarda USCIS en dar BFDs para las solicitudes de visa U, visite www.uscis.gov/es.
- Desplácese hacia abajo hasta "Maneje Su Caso"
- Haga clic en “Verificar los Tiempos de Procesamiento”
- Desplácese hasta el menú desplegable “Formulario” y elija “I-918 Solicitud de Estatus U de No Inmigrante”
- Desplácese hacia abajo hasta el menú desplegable “Categoría del Formulario” y elija la única opción, “Petición para un no ciudadano que es una víctima de una actividad criminal cualificada y sus familiares elegibles (Tiempo para una Presentación Inicial de Evaluación de Determinación de Autenticidad (BFD)).”
- Desplácese hasta el menú desplegable “Oficina Local o Centro de Servicio” y elija “Service Center Operations (SCOPS).” En este momento, esta es la única opción.
Más información sobre las BFD
Una BFD viene automáticamente con una acción diferida y una tarjeta de trabajo. La acción diferida es una protección temporal contra la deportación.
Si recibe la notificación BFD del USCIS pero no obtiene una tarjeta de trabajo en unas pocas semanas, puede solicitar una tarjeta de trabajo utilizando el formulario I-765 y enviando una copia de la notificación BFD.
Obtener un BFD y una tarjeta de trabajo mientras su caso está pendiente no garantiza que su visa U sea aprobada. Pueden pasar años antes de que se apruebe una visa U, incluso si obtiene un BFD y una tarjeta de trabajo.
Si no obtiene un BFD y una tarjeta de trabajo mientras su solicitud de visa U está pendiente, obtendrá su tarjeta de trabajo si se aprueba su solicitud de visa U.
Vea nuestra hoja informativa Cómo Obtener Permiso para Trabajar en Minnesota.
Números de teléfono importantes
- Localice su oficina local de asistencia legal en: 1(877) 696-6529
- Centro de Servicios contra el Abuso Doméstico: 612-348-5073
- Minnesota 2-1-1: llame a todo el estado para obtener ayuda en su zona
- O busque ayuda en otros programas en www.lawhelpmn.org/providers-and-clinics.
¡ADVERTENCIA!
Tenga mucho cuidado antes de enviar una solicitud al USCIS. A veces, si su solicitud es denegada, podría ser sometido a un procedimiento de deportación. Este riesgo es mayor ahora que en el pasado. Si usted no ha hablado con un abogado desde antes del 1 de enero de 2025, ¡vuelva a hablar con uno antes de presentar su solicitud! Si usted cometió ciertos delitos - incluso si nunca fue al tribunal o a la cárcel, o si sólo pagó una multa, le mintió al gobierno, u otras cosas, también podría ser puesto en proceso de deportación. RECUERDE: USCIS puede ver TODOS sus antecedentes, ¡incluso si los antecedentes fueron borrados!
Pida ayuda a un abogado de inmigración. Ellos le ayudarán a asegurarse de que todo está en orden.
Para encontrar ayuda cerca de usted vaya a http://www.lawhelpmn.org/es/providers-and-clinics